Verificación de la edad en la UE. La batalla regulatoria para proteger a los niños del Salvaje Oeste Digital
Oeste Digital, los gobiernos se están moviendo rápidamente para regular el panorama digital. El primer ministro español, Pedro Sánchez, no se anduvo con rodeos durante la World Governments Summit en Dubái: “Hoy, nuestros hijos están expuestos a un espacio en el que nunca deberían navegar solos. Un espacio de adicción, abuso, violencia, pornografía, manipulación, violencia”. En esto, pocos estarían en desacuerdo.

Tras la histórica decisión de Australia de prohibir el acceso a plataformas digitales a los menores de 16 años, España ha anunciado un paquete de medidas legislativas[1]. Dinamarca y Francia siguen la misma dirección y planean impedir que los menores de 15 años accedan a las redes sociales[2], mientras que el gobierno del Reino Unido ha lanzado una consulta para restringir los teléfonos móviles en las escuelas como parte de una estrategia más amplia de protección infantil. Italia está de ultima en la lista[3].
El mensaje es claro: ya no es aceptable permitir que los menores naveguen libremente por Internet, si el entorno digital claramente no está diseñado para ellos.
Cómo funciona la verificación de la edad en Europa bajo la DSA
El 14 de julio de 2025, la Comisión Europea publicó sus directrices oficiales sobre la protección de los menores en línea bajo el Artículo 28 de la Digital Services Act (DSA)[4]. Por primera vez, Bruselas presentó un enfoque estructurado para la garantía de la edad, instando a las plataformas a adoptar medidas de verificación que sean robustas, proporcionadas y respetuosas con la privacidad, con el fin de proteger a los menores frente a contenidos para adultos, como pornografía, juegos de azar y material perjudicial..
Las directrices distinguen tres enfoques principales:
• Autodeclaración, basada completamente en la declaración del usuario de que cumple con la edad requerida.
• Estimación de edad, utilizando medios técnicos como análisis conductual o biométrico para evaluar si un usuario cumple con la edad requerida.
• Verificación de edad, el método más seguro y preciso, basado en atributos de identidad verificados y credenciales confiables en lugar de simples declaraciones del usuario.
Este último método es hacia el que trabaja la Comisión Europea. La Comisión recalca que cualquier mecanismo de garantía de edad debe cumplir con la legislación europea de protección de datos, especialmente los principios de minimización de datos y privacidad desde el diseño establecidos por el GDPR. Los mecanismos de verificación de edad no deben exponer a los menores a riesgos adicionales de privacidad ni emplear herramientas de vigilancia o recopilación masiva de datos[5]. Dentro de este marco se ha desarrollado el modelo europeo de verificación de edad.
Una solución digital para un Internet más seguro. Hacia un enfoque armonizado de verificación de edad en la UE
Para apoyar la armonización de los sistemas de verificación de edad en toda Europa, la Comisión publicó una solución digital de código abierto y marca blanca, que puede ser fácilmente personalizada por cualquier Estado miembro. La iniciativa respalda el Artículo 28(1) de la DSA (“Directrices sobre la protección de los menores”)[7], al ofrecer una estrategia común para que las plataformas digitales verifiquen eficazmente la edad del usuario de manera sencilla y respetuosa con la privacidad[8].
En esencia, esta solución digital permite a los usuarios demostrar que cumplen con la edad requerida sin revelar quiénes son. En lugar de proporcionar documentos de identidad o fechas de nacimiento, los usuarios presentan un token anonimizado de Sí/No (Prueba de Edad). Sin seguimiento, sin perfiles de comportamiento, sin bases de datos masivas con información personal de menores.
En octubre de 2025, pocos meses después de la introducción de la primera herramienta, la Comisión publicó una segunda versión mejorada con nuevas opciones de incorporación, como identificaciones electrónicas (eID), pasaportes y tarjetas de identidad nacionales para generar pruebas de edad. Esto hizo el sistema mucho más accesible y alineado con los trabajos en curso sobre la Digital Credentials API[9].
De esta forma, la verificación de edad se vuelve más sencilla, al mismo tiempo que cada Estado miembro puede integrar el modelo en sus soluciones nacionales.
Funcionando como una aplicación independiente, esta solución digital refleja muchas de las funcionalidades del futuro European Digital Identity Wallet (EUDI Wallet), el sistema de identidad digital de la UE que se implementará a finales de 2026.
La revolución de la EUDI Wallet. Probando la próxima identidad digital de Europa
Diseñada para optimizar las interacciones digitales en Europa, el marco regulatorio eIDAS – recientemente revisado para establecer la Identidad Digital Europea – prevé la creación de al menos una EUDI Wallet por cada Estado miembro[10].
La Cartera permitirá acceder a servicios públicos y privados en toda la UE, incluidos servicios gubernamentales, apertura de cuentas bancarias, pagos, firmas electrónicas y más[11]. Además, los usuarios tendrán el control sobre qué datos personales comparten y cuándo, mediante atributos criptográficamente certificados y seleccionados de forma granular
El lema es claro: All Your Data. All Yours.
Además, según las directrices de la DSA, cada Estado miembro debe ofrecer al menos una EUDI Wallet para finales de 2026[12]. La Wallet permitirá a los usuarios demostrar atributos específicos, como la edad, de forma selectiva y segura, mediante atributos firmados criptográficamente, en lugar de utilizar documentos de identidad.
En resumen, el sistema busca minimizar la exposición de datos y maximizar la confianza. En cuanto a la verificación de edad, podría convertirse en el método estándar en todo el continente.
Lo que está en juego. Desafíos y conclusiones
El impulso es innegable: Europa avanza hacia una era en la que los menores necesitarán herramientas fiables y respetuosas con la privacidad para demostrar su edad y acceder de forma segura a los servicios digitales, como redes sociales y otros entornos en línea de alto riesgo[13]. Pero el camino no va a ser tan sencillo.
En su Observación General Nº 25 (2021)[14] el Comité de los Derechos del Niño de la Naciones Unidas subrayó que el entorno digital tiene un impacto profundo en la vida de los niños. Así como puede crear nuevas oportunidades para el ejercicio de sus derechos, también puede generar nuevos riesgos de explotación y daño. Por ello, los Estados deben garantizar que la regulación digital respete los derechos de los niños, incluidos los derechos a la información, la educación, la cultura, el ocio, la libertad de expresión y la privacidad. Las plataformas deben adoptar medidas de seguridad que sean fuerte e integrar soluciones basadas en la privacidad desde el diseño para salvaguardar estos derechos fundamentales.
No todas las plataformas están diseñadas para usuarios jóvenes. Al mismo tiempo, cada niño debe poder acceder al mundo digital sin ser objeto de actores maliciosos ni exponerse a contenido dañino. La propuesta European Digital Identity Wallet (ID Wallet), prevista tan pronto como en 2027, podría ayudar a las plataformas a cumplir con los requisitos de verificación de edad, promoviendo un entorno digital más seguro, respetuoso con la privacidad y adecuado para los niños.
La batalla regulatoria está lejos de terminar. Sin embargo, los avances en la regulación de datos de la UE muestran una tendencia clara: el Salvaje Oeste Digital está dando paso, poco a poco, a un marco europeo más estructurado y consciente de los derechos.
Por Priscilla Colaci
[1] Johar, A. (2026, February 3). Spain plans youth social media ban. Mobile World Live. https://www.mobileworldlive.com/europe/spain-plans-youth-social-media-ban/.
[2] Marchal, L. (2026, January 29). Listen: Is it realistic to ban kids from social media? EUobserver. https://euobserver.com/200657/listen-is-it-realistic-to-ban-kids-from-social-media/; Ziady, H. (2026, February 3). 'We will protect them from digital Wilde West'. Another country will ban social media for under-16s. CNN Business. https://edition.cnn.com/2026/02/03/tech/spain-under-16-social-media-ban-intl
[3] Donkin, C. (2026, January 20). UK mulls following Australian child social media ban. Mobile World Live. https://www.mobileworldlive.com/europe/uk-mulls-following-australian-child-social-media-ban/; Desmarais, A. (2025, November 17). The age verification era: Which EU countries are restricting access to adult sites? Euronews. https://www.euronews.com/next/2025/11/17/the-age-verification-era-which-eu-countries-are-restricting-access-to-adult-sites.
[4] “These guidelines describe the measures that the Commission considers that providers of online platforms accessible to minors should take to ensure a high level of privacy, safety and security for minors online, in accordance with Article 28(1) of Regulation (EU) 2022/2065”. Commission publishes guidelines on the protection of minors. (n.d.). Shaping Europe’s Digital Future. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/commission-publishes-guidelines-protection-minors.
[5] Ibidem. Accuracy, Reliability, Robustness, Non-Intrusiveness and Non-discrimination are the key factors that providers of online platforms accessible to minors should consider when adopting the age verification method. On this also Articles 28, 34, 35 DSA and recital 71 DSA, as well as Articles 5(1)[c], 8, 25 GDPR.
[6] The EU approach to age verification. (n.d.). Shaping Europe’s Digital Future. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/eu-age-verification.
[7] Regulation (EU) 2022/2065 of the European Parliament and of the Council of 19 October 2022 on a Single Market for Digital Services and Amending Directive 2000/31/EC (Digital Services Act). (2022). https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2022/2065/oj/eng.
[8] A full tutorial of how Age Verification Blueprint works is available at this link: https://youtu.be/ULFTrTznG7Y?si=KRWOtByh1l6Gbtf5.
[9] The EU approach to age verification. (n.d.). Shaping Europe's Digital Future. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/eu-age-verification
[10] Article 5(1) states that: "For the purpose of ensuring that all natural and legal persons in the Unione have secure, trusted and seamless cross-border access to public and private services, while having full control overt their data, each Member State shall provide at least one European Digital Identity Wallet within 24 months of the date of entry into force of the implementing acts [...]", Article 5a to 5f - eIDAS 2 text. (n.d.). https://www.european-digital-identity-regulation.com/Article_5a_(Regulation_EU_2024_1183).html. For the whole text: Regulation (EU) 2024/1183 of the European Parliament and of the Council of 11 April 2024 amending Regulation (EU) No 910/2014 as regards establishing the European Digital Identity Framework. (2024, April). European Union. https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2024/1183/oj
[11] The EUDI Wallet is the result of four large-scale pilot projects launched in April 2023 to test and deploy this age verification approach in a secure way. The pilots aimed to explore how Digital Wallet could improve europeans’ digital life. Find out more at: https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/eudi-wallet-implementation; https://commission.europa.eu/topics/digital-economy-and-society/european-digital-identity_en; https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/commission-publishes-guidelines-protection-minors; and https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2024/1183/oj.
[12] Commission publishes guidelines on the protection of minors. (n.d.). Shaping Europe’s Digital Future. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/commission-publishes-guidelines-protection-minors
[13] Within the first investigative actions against Apple App Store and Google Play, Snapchat, and YouTube, under the DSA, the Executive Vice-President for Tech Sovereignty, Henna Virkkunen, said: “We will do what it takes to ensure the physical and mental well-being of children and teens online. It starts with online platforms. Platforms have the obligation to ensure minors are safe on their services – be it through measures included in the guidelines on protection of minors, or equally efficient measures of their own choosing […].” .
[14] Committee on the Rights of the Child. (2021). Convention on the Rights of the Child: General comment No. 25 (2021) on children’s rights in relation to the digital environment. https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=yxAGYTHP5cuVJcGAiqi5euEP%2FNt2gUesUpna7S1EIexrZEG3CjDR%2BQ%2F2J4h%2B2grTLzoWZgAUTh7KZMq%2Fyxdqyw%3D%3D
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